Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 06 de marzo del 2025 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo SEMIRREMOLQUE.
Expediente: N-0468789
Tipo Marca: Denominativa
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Identificado de publicación: 8380260
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0468789
Fecha de resolución: 27/02/2025
Clases: 12
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) De conformidad con lo previsto en el art. 9.6 del Reglamento de ejecución de la Ley de Marcas, aprobado por Real Decreto 687/2002, los productos y servicios mal clasificados que no han sido subsanados se tienen por desistidos, continuando la tramitación de la solicitud para el resto de productos y servicios contenidos en el listado.El nombre comercial solicitado se halla incurso en la prohibición del art. 5.1.b) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). De la aplicación conjunta de ambos artículos se deriva que no podrán registrarse como nombre comercial los signos que carezcan de carácter distintivo. En concreto, el signo solicitado carece de carácter distintivo, ya que el signo es una alusión a los propios productos ofrecidos. Puede contestar a este acuerdo de suspenso de fondo alegando lo que considere adecuado