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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 09 de septiembre del 2024 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo Semillas de Castilla, bajo la titularidad de CEREALES ISAAC SL.


Suspenso de fondo de marca

Semillas de Castilla

Expediente:  M-4240371

Tipo Marca:  Denominativa

Tipo Modalidad:  Marca

Titular:  CEREALES ISAAC SL

Motivos:  DEFECTOS O MOTIVOS 01) La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del art. 5.1.b) de la Ley de Marcas (Ley17/2001, de 7 de diciembre). Este artículo establece que no podrán registrarse como marca los signos que carezcan de carácter distintivo. En concreto, el signo solicitado carece de carácter distintivo, toda vez que del signo propuesto no se puede deducir el origen empresarial de los productos que pretende reivindicar con la presente marca. Puede contestar a este acuerdo de suspenso de fondo, subsanando los posibles defectos o alegando lo que considere adecuado. 02) La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del art. 5.1.c) de la Ley de Marcas (Ley17/2001, de 7 de diciembre). Este artículo establece que no podrán registrarse como marca los signos descriptivos, es decir, aquellos que se compongan exclusivamente de signos o indicaciones que puedan servir en el comercio para designar la especie, la calidad, la cantidad, el destino, el valor, laprocedencia geográfica o la época de obtención del producto o de la prestación del servicio u otrascaracterísticas de los productos o servicios. En concreto, el signo solicitado está compuesto exclusivamente de signos o indicaciones que pueden servir en el comercio para designar la procedencia geográfica, naturaleza y características de los productos para los que se solicita, toda vez que consiste en la denominación "Semillas de Castilla" , sin que cuente con ningún otro elemento denominativo o gráfico con suficiente fuerza caracterizadora para dotarla de distintividad.....Puede contestar aeste acuerdo de suspenso de fondo, subsanando los posibles defectos o alegando lo que considere adecuado. 03) La marca solicitada se halla incursa, para los productos solicitados en la clase 31, en la prohibición del art. 5.1.k) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre), toda vez que consiste o reproduce en sus elementos esenciales la denominación de una obtención vegetal prioritaria, registradas de conformidad con la Ley 3/2000, de 7 de enero, el Reglamento (CE) 2100/94, del Consejo, de 27 de julio, y los acuerdos internacionales en los que sea parte la Unión Europea o España. En concreto, ha sido registrada con la denominación "CASTILLA", la variedad vegetal de la siguiente especie: Capsicum annuum L (pimiento morrón), Medicago sativa L. (alfalfa), Vicia sativa L. (veza), Zea maysL (maíz), Hordeum vulgare L. (cebada) y Avena sativa L. (avena) . La presente solicitud de registrode marca, al reivindicar "Semillas para siembra", se refiere a variedades vegetales de esas especies o estrechamente conexas. Esta prohibición podrá subsanarse excluyendo de la lista de productos losrelativos a la especie vegetal anteriormente señalada. Para ello puede añadirse a la lista de productos de la clase 31 lo siguiente: "Se excluye pimiento morrón, alfalfa, veza, maíz, cebada y avena". 04) POR OBSERVACIONES DE TERCERO BASADAS EN:- Articulo 5.1. c),g) de la Ley de Marcas 17/2001, de 7 de diciembre

Identificado de publicación:  8081344

Modalidad del signo distintivo:  M

Número de solicitud:  4240371

Fecha de resolución:  02/09/2024

Clases:  31

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 09/09/2024 Tomo: 1 Anuncio:8081344 

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