Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 24 de febrero del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo SELECTA COBADU, bajo la titularidad de SDAD. COOP. LTDA. BAJO DUERO.
Expediente: M-4348508
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 9034026
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4348508
Fecha de resolución: 17/02/2026
Irregularidades: 1.- Debe aportar un nuevo poder de representación en el que aparezca la firma del poderdante. En cas o de no subsanar este defecto, se continuará la tramitación eliminándose la representación y continu ando el procedimiento con el solicitante (art. 57.3 del Reglamento de Ejecución de la Ley 17/2001, d e 7 de diciembre, de Marcas).2.- La lista de productos y servicios contiene productos y/o servic ios incorrectamente definidos (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su Reglamento). En concreto:Clase 31: -"Granos y productos agrícolas, hortícolas y forestales, no comprendidos en otras clases" puede quedar definido como "Granos y productos agrícolas, hortícol as y forestales en bruto y sin procesar" eliminando "no comprendidos en otras clases"-"Semillas" p uede quedar definido como "Semillas agrícolas"-"chicharros frescos" puede quedar definido como " p escado fresco, vivo (chicharro)"C0lase 35:-"Artículos publicitarios como bebederos para animal es de compañía, cuchillería, artículos de menaje, copas, correas, artículos de confección, camisetas , bolígrafos, tazas, vasos, imanes, llaveros" es impreciso, debe revisar los productos y/o servicios indicados de manera que se ajusten a la Clasificación Internacional de Niza y a la Clasificación Ar monizada. Puede quedar definido como "Preparación de material publicitario como bebederos para anima les de compañía, cuchillería, artículos de menaje, copas, correas, artículos de confección, camiseta s, bolígrafos, tazas, vasos, imanes, llaveros"Apórtese un nuevo listado consignándolos correctam ente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud única mente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es /clinmar/inicio.actionSe recuerda que como contestación a este suspenso de forma solo se podrá m odificar subsanando los defectos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, según establece el artículo 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciemb re, de Marcas