Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 16 de septiembre del 2026 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo SECMA.
Expediente: M-4345068
Tipo Marca: Denominativa
Tipo Modalidad: Marca
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) La marca colectiva solicitada se halla incursa en los arts. 62.2 y 63 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y los apartados 2 y 3 del art. 38 del Real Decreto 687/2002, de 12 de julio, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas), toda vez que del examen de la solicitud presentada se observa que adolece de los siguientes defectos:La marca colectiva solicitada no incluye el correspondiente reglamento de uso de la marca colectiva que cumpla con los requisitos establecidos en el artículo 63 de la Ley de Marcas y art. 38.2 del Reglamento de ejecución de la Ley de Marcas, por lo que deberá aportar dicho reglamento de uso. El reglamento definitivo (no una propuesta) debe incluir:-Domicilio social de la solicitante. -Objeto de la asociación (consta el objeto del reglamento). -Condiciones de afiliación a la asociación. -Órganos autorizados para representar a la asociación. -Los arts. 2 y 3 del reglamento no son admisibles. Debe eliminarse toda mención a que la marca sea figurativa, así como el logo del principio, puesto que la marca solicitada es de tipo denominativo.-Del mismo modo también tiene que haber coherencia entre los usos permitidos en el art. 4 del reglamento y los servicios de la lista de la solicitud. Debe limitarse la lista de servicios o cambiar los usos en el reglamento
Identificado de publicación: 9426174
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4345068
Fecha de resolución: 09/09/2026
Clases: 41, 44, 45