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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 23 de junio del 2025 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo santiagoat.com.


Solicitud de marca suspendida

santiagoat.com

Expediente:  M-4314466

Tipo Modalidad:  Marca

Identificado de publicación:  8619148

Modalidad del signo distintivo:  M

Número de solicitud:  4314466

Fecha de resolución:  16/06/2025

Irregularidades:  La lista de productos y servicios contiene productos y/o servicios definidos y clasificados incorrec tamente (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su Reglamento). En con creto:-"Servicios relacionados con la Arquitectura Técnica; Asesoría Técnica; Oficina Técnica; Red acción de informes técnicos; Gestión de licencias; Supervision de obras; Otros servicios relacionado s con la Arquitectura Técnica", debe definirse:- Servicios relacionados con la Arquitectura Técnic a ", debe definirse:SERVICIOS DE ARQUITECTURA"-"Asesoría técnica", debe especificar el ambito, puede definirse:ASESORIA TECNICA EN EL AMBITO DE LA ARQUITECTURA-"Oficina técnica", es imprec iso, debe definirse:CONSULTORIA TECNOLOGICA-"Redacción de informes técnicos", debe definirse: ELABORACIÓN DE INFORMES TECNICOS-"gestión de licencias", es impreciso. Debe ajustar la definici ón a la clasificación de niza a través del buscador clinmar.Supervisión de obras", DEBE DEFINIRS E:SUPERVISIÓN DE OBRAS DE CONSTRUCCIÓN", en la CLASE 37-" Otros servicios relacionados con la Arquitectura Técnica", es impreciso. Ya quedaría definido con: SERVICIOS DE ARQUITECTURA.SE RECU ERDA QUE COMO CONTESTACIÓN A ESTE SUSPENSO DE FORMA SOLO SE PODRÁ MODIFICAR SUBSANANDO LOS DEFECTOS SEÑALADOS EN EL SUSPENSO, RETIRAR, LIMITAR, O DIVIDIR LA SOLICITUD, SEGÚN ESTABLECE EL ARTÍCULO 9.2 DEL REGLAMENTO PARA LA EJECUCIÓN DE LA LEY 17/2001, DE 7 DE DICIEMBRE, DE MARCASPor cada nueva c lase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónic amente. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa.Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los producto s y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Apórtese un nuevo listado consignándolos corre ctamente. Para encontrar los términos aceptados, puede consultar la herramienta CLINMAR para elabora r su lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.action

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 23/06/2025 Tomo: 1 Anuncio:8619148 

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