Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 30 de junio del 2025 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo sanar el origen.
Expediente: M-4313197
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 8633046
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4313197
Fecha de resolución: 23/06/2025
Irregularidades: La lista de productos y servicios adolece de falta de claridad y precisión (art. 12.3 de la Ley 17/2 001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3.3 de su Reglamento). En concreto: En la clase 41:- "cursos online" se encuentra incorrectamente definido. Debe quedar como "Cursos de formación en líne a". No se acepta el término "online" y se debe sustituir por "en línea". -"talleres" se encuentr a incorrectamente definido. Debe quedar como "Talleres de formación". En la clase 44: -"Se rvicios de terapias y tratamientos de salud integral, incluyendo consultas terapéuticas online y pre senciales, asesoramiento en terapias alternativas, talleres, seminarios y acceso a plataformas de me mbresía para el bienestar" se deben separar los distintos servicios mediante punto y coma. -"onl ine" debe quedar como "en línea". -"Talleres" desde quedar definido como "talleres de formación" y pertenece a la clase 41. -"Seminarios" pertenece a la clase 41.-"acceso a plataformas de membresía para el bienestar" es impreciso. Puede quedar definido como "Acceso a plataformas de Inter net para miembros en relación con el bienestar" y pertenece a la clase 38.Apórtese un nuevo li stado consignándolos correctamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá po r desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del R eglamento).Puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicio s:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionPor cada nueva clase resultante deberá abo nar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamente. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s q ue no se hubiese abonado la totalidad de la tasa.Se recuerda que como contestación a este susp enso de forma solo se podrá modificar subsanando los defectos señalados en el suspenso, retirar, lim itar, o dividir la solicitud, según establece el artículo 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas