Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 23 de mayo del 2025 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo Saber.tech.
Expediente: M-4306580
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 8549070
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4306580
Fecha de resolución: 16/05/2025
Irregularidades: La lista de productos y servicios contiene productos y/o servicios definidos y/o clasificados incorr ectamente (art. 12.3 de la Ley 17/2001 de Marcas y art.3 de su Reglamento). En concreto:Clase 35 "Todos están relacionados con servicios de apuestas, servicios de lotería, servicios de juegos e lectrónicos, servicios de juegos de apuestas, servicios de casino, eventos deportivos y otros y serv icios de apuestas" SON IMPRECISOS, NO SE ADMITE"Servicios de venta al por menor en línea y Servi cios de venta al mayor, en relación con los siguientes ámbitos: Venta de apuestas" No se admite. "Se rvicios de apuestas" pertenece a la clase 41.El resto, indique de forma más clara el objeto de l a venta, ya que no se puede determinar con claridad. "Servicios del convenio, en relación con lo s siguientes ámbitos: loterías y juego de azar"Impreciso, y no sé a lo que se refiere. Que lo ajuste a las posiciones de la Clasificación o lo elimine. Clase 42"Todos relacionados con servicio s de apuestas, servicios de lotería, servicios de juegos, servicios de juegos de apuestas, servicios de casino, o todos referentes a estos servicios, suministro de información relativa a eventos depor tivos y otros y servicios de apuestas;" Impreciso, no se admite. Por cada nueva clase resultan te deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamentePue de consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://consul tas2.oepm.es/clinmar/inicio.action-Se recuerda que como contestación a este suspenso de forma so lo se podrá modificar subsanando los defectos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, según establece el artículo 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas