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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 23 de mayo del 2025 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo Saber.tech.


Solicitud de marca suspendida

Saber.tech

Expediente:  M-4306580

Tipo Modalidad:  Marca

Identificado de publicación:  8549070

Modalidad del signo distintivo:  M

Número de solicitud:  4306580

Fecha de resolución:  16/05/2025

Irregularidades:  La lista de productos y servicios contiene productos y/o servicios definidos y/o clasificados incorr ectamente (art. 12.3 de la Ley 17/2001 de Marcas y art.3 de su Reglamento). En concreto:Clase 35 "Todos están relacionados con servicios de apuestas, servicios de lotería, servicios de juegos e lectrónicos, servicios de juegos de apuestas, servicios de casino, eventos deportivos y otros y serv icios de apuestas" SON IMPRECISOS, NO SE ADMITE"Servicios de venta al por menor en línea y Servi cios de venta al mayor, en relación con los siguientes ámbitos: Venta de apuestas" No se admite. "Se rvicios de apuestas" pertenece a la clase 41.El resto, indique de forma más clara el objeto de l a venta, ya que no se puede determinar con claridad. "Servicios del convenio, en relación con lo s siguientes ámbitos: loterías y juego de azar"Impreciso, y no sé a lo que se refiere. Que lo ajuste a las posiciones de la Clasificación o lo elimine. Clase 42"Todos relacionados con servicio s de apuestas, servicios de lotería, servicios de juegos, servicios de juegos de apuestas, servicios de casino, o todos referentes a estos servicios, suministro de información relativa a eventos depor tivos y otros y servicios de apuestas;" Impreciso, no se admite. Por cada nueva clase resultan te deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamentePue de consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://consul tas2.oepm.es/clinmar/inicio.action-Se recuerda que como contestación a este suspenso de forma so lo se podrá modificar subsanando los defectos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, según establece el artículo 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 23/05/2025 Tomo: 1 Anuncio:8549070 

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