Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 25 de abril del 2025 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo s7farmacia.
Expediente: M-4306287
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 8493178
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4306287
Fecha de resolución: 16/04/2025
Irregularidades: En la casilla TIPO DE DISTINTIVO ha indicado OTROS, cuando es claramente FIGURATIVO. Salvo prueba en contrario, dicha casilla se modificará de oficio a figurativo.La lista de productos y servicios contiene productos y/o servicios definidos y/o clasificados incorrectamente (art. 12.3 de la Ley 17 /2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su Reglamento). En concreto:- "dermocosmética; pr oductos de herbolario; productos para el cuidado capilar; productos para el cuidado del bebé y la ma má, productos para la salud sexual del hombre y la mujer; productos para el cuidado corporal; y prod uctos para la salud dental".es impreciso. Puede eliminarlo del listado o alternativamente indica r servicios o productos comprendidos en la clasificación de Niza, englobándolos en su clase correspo ndiente.Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Para encontrar los términos aceptados, puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/ clinmar/inicio.actionPor cada nueva clase resultante deberá abonar la tasa ME17. Si no se subsan ase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/ s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa.Apórtese en el plazo de 3 meses desde la fec ha de presentación, un certificado expedido por la autoridad de la exposición sobre la que se reivin dica la prioridad de exposición (artículo 7 del Reglamento de Ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de d iciembre, de Marcas).Tenga en cuenta que la reivindicación de una reivindicación de una priorida d unionista o prioridad de exposición es facultativa y debe hacerse únicamente en caso de que cumpla con los requisitos legales y disponga del certificado correspondiente que permita obtener una fecha de presentación anterior a la de la presente solicitud