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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 19 de diciembre del 2018 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo S SIEBEN, bajo la titularidad de SIEBEN S.L. SIEBEN SOLUCIONES CLINICAS SANITARIAS SL.


Suspenso de fondo de marca

S SIEBEN

Expediente:  N-0386001

Tipo Modalidad:  Nombre Comercial

Identificado de publicación:  4773703

Modalidad del signo distintivo:  N

Número de solicitud:  0386001

Fecha de resolución:  13/12/2018

Clases:  10

Motivos:  DEFECTOS O MOTIVOS

Motivos:  01) Arts. 12.3 y 87.3 de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) y Art. 3. 2 y 3 de su Reglamento (Real Decreto 687/2002, de 12 de julio). Las actividades están definidas y clasificadas incorrectamente. En concreto, en la clase 10 donde pone: "Productos estériles médico-quirúrgicos de un sólo uso", deberá solicitarlo en la clase 05 de la siguiente forma: "Esterilizar (productos para)", en la clase 10 donde pone: "guantes", deberá sustituirlo en la clase 10 por lo siguiente: "Guantes de uso médico", en la clase 10 donde pone: "gasas", deberá sustituirlo en la clase 10 por lo siguiente: "gasas para uso médico", en la clase 10 donde pone: "sondas", deberá sustituirlo en la case 10 por los siguiente: "Sondas para uso médico", asímismo deberá eliminar de la clase 10 lo siguiente: "etc.". El resto de productos solicitados en la clase 10 están correctamente clasificados. Debe aportarse, por tanto, nueva lista de actividades (en formulario oficial) definiéndolas y clasificándolas correctamente. Deberá abonar la cantidad correspondiente de euros por la clase resultante (art. 12.2 de la Ley en relación con tarifa primera 1.1). Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud en lo referente a las actividades afectadas (art 9.2 del Reglamento). Si no se subsanase en plazo la falta de pago de la tasa de solicitud o el pago incompleto de la misma, se tendrá por desistida la solicitud con respecto de la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la tasa de solicitud o se hubiese abonado parcialmente. A falta de indicación del solicitante se considerarán pagadas las clases incluidas en primer lugar en la solicitud (art. 9.4 del Reglamento)

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 19/12/2018 Tomo: 1 Anuncio:4773703 

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