Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 16 de diciembre del 2024 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo ROTULOTUCOCHE.
Expediente: N-0476586
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Identificado de publicación: 8247001
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0476586
Fecha de resolución: 09/12/2024
Irregularidades: 1. Escriba por favor en la casilla "APELLIDOS" los correspondientes apellidos y en la casilla "N OMBRE" el nombre del solicitante.2. Debe cumplimentar la casilla "DENOMINACIÓN" transcribien do todos los elementos denominativos o alfanuméricos que aparecen en el distintivo.3. lista de productos y servicios contiene productos y/o servicios incorrectamente definidos y/o clasificados (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su Reglamento). En concreto: Debe separar los distintos servicios por punto y coma (servicios de diseño; consultoria en diseño de marcas y marcas comerciales; ).- "creación de diseños" está mal definido y puede quedar como "servicio de diseño"- "consultoría de branding" es impreciso. No se admite "branding". Se sugiere "consultoría en diseño de marcas y marcas comerciales" en la misma clase o como "servicio s de consultoría de creación de marcas" en la clase 35- "diseño de elementos visuales" puede quedar como "diseño visual"- "rotulación de vehículos" pertenece a la clase 40- "pe rsonalización de vehículos con vinilos" puede quedar como "Envolturas de vinilo para vehículos" en l a clase 40- "impresión de diseños personalizados" pertenece a la clase 40Por cada nueva clase resultante deberá abonar la tasa ME17 si el trámite y el pago se realizan electrónicamente. Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Para encontrar los términos aceptados, pued e consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://consu ltas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionSi no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 de l Reglamento)