Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 15 de julio del 2026 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo ROMPER PARA SER.
Expediente: M-4335354
Tipo Marca: Figurativa
Tipo Modalidad: Marca
Descripcion Distintivo: Romper para ser
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del art. 5.1.b) de la Ley de Marcas (Ley17/2001, de 7 de diciembre). Este artículo establece que no podrán registrarse como marca los signos que carezcan de carácter distintivo.En concreto, el signo solicitado carece de carácter distintivo, toda vez que la combinación de vocablos solicitada consiste en una frase eslogan que carece decapacidad intrínseca para individualizar en el mercado productos o servicios e identificarlos con un determinado origen empresarial, no siendo susceptible de ser percibida por el público como una marca sino como un mensaje publicitario, no aportando los elementos figurativos suficiente distintividad al conjunto.Puede contestar a este acuerdo de suspenso de fondo, subsanando los posibles defectos o alegando lo que considere adecuado
Identificado de publicación: 9337517
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4335354
Fecha de resolución: 08/07/2026
Clases: 41