Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 10 de abril del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo Rocío Muñoz BOUTIQUE.
Expediente: M-4361086
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 9142073
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4361086
Fecha de resolución: 01/04/2026
Irregularidades: Debe cumplimentar la casilla "DENOMINACIÓN" transcribiendo todos los elementos denominativos o alfan uméricos que aparecen en el distintivo. En el distintivo se observa la denominación "CRM Rocío Muñoz BOUTIQUE". En caso de que dichos elementos sean gráficos de fantasía, deberá hacerlo constar así en el apartado "DESCRIPCIÓN ESCRITA DE LA MARCA".La lista de productos y servicios adolece de falt a de claridad y precisión (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3.3 de su Reglamento). En concreto: -"Carteras " es impreciso. Puede quedar definido como "Carteras de ma no".Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Si no se subsanasen en plazo los def ectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servici os afectados (art. 9.6 del Reglamento).Puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lis ta de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionPor cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamen te. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la /s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa.Se recuerda que como cont estación a este suspenso de forma solo se podrá modificar subsanando los defectos señalados en el su spenso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, según establece el artículo 9.2 del Reglamento par a la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas