Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 09 de junio del 2025 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo Ritmo Lugo.
Expediente: N-0475253
Tipo Marca: Denominativa
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Identificado de publicación: 8591582
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0475253
Otra información: Y OTROS
Fecha de resolución: 02/06/2025
Clases: 41
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) El nombre comercial solicitado se halla incurso, para las actividades solicitadas, en la prohibición del art. 5.1.b) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). De la aplicación conjunta de ambos artículos se deriva que no podrán registrarse como nombre comercial los signos que carezcan de carácter distintivo.En concreto, el signo solicitado carece decarácter distintivo toda vez que la expresión RITMO LUGO no tiene capacidad de individualizar las actividades solicitadas en el mercado ya que no se puede identificar dicho signo con una concreta procedencia empresarial, sin incorporar elementos adicionales con suficiente entidad como para otorgar carácter distintivo