Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 10 de septiembre del 2026 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo RIBERA DEL EBRO.
Expediente: N-0493403
Tipo Marca: Denominativa
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Identificado de publicación: 9418784
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0493403
Fecha de resolución: 03/09/2026
Clases: 33
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) El nombre comercial solicitado se halla incurso en la prohibición del art. 5.1.c) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). De la aplicación conjunta de ambos artículos se deriva que no podrán registrarse como nombre comercial los signos descriptivos, es decir, aquellos que se compongan exclusivamente de signos o indicaciones que puedan servir en el comercio para designar la especie, la calidad, la cantidad, el destino, el valor, la procedencia geográfica o la época de obtención del producto o de la prestación del servicio u otras características de los productos o servicios a los que se refieran las actividades solicitadas.En concreto, el signo solicitado RIBERA DEL EBRO (denominativo) está compuesto exclusivamente de signos o indicaciones que pueden servir en el comercio para designar la procedencia geográfica de los productos de la clase 33 para los que se solicita el presente nombre comercial: "bebidas a base de vino", ya que la Ribera del Ebro es una zona con gran tradición vitivinícola en la que se encuentran prestigiosas Denominaciones de Origen e Indicaciones Geográficas de vinos reconocidas por la UE.Puede contestar a este acuerdo de suspenso de fondo alegando lo que considere adecuado