Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 23 de marzo del 2023 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo RAUL TAPICERIA, bajo la titularidad de RAUL DECOR TFE SL.
Expediente: N-0443791
Tipo Marca: Figurativa
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Titular: RAUL DECOR TFE SL
Identificado de publicación: 7280853
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0443791
Fecha de resolución: 15/03/2023
Clases: 37
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS
Motivos: 01) Arts. 12.3 y 87.3 de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) y art. 3.2 y 3.6 de su Reglamento de Ejecución (Real Decreto 687/2002, de 12 de julio). Las actividades están definidas y clasificadas incorrectamente. En concreto: - "SERVICIOS DE TAPICERIA", es una expresión vaga e imprecisa, podría ser en la misma clase 37, "Limpieza de tapicerías; Mantenimiento y reparación de tapicerías" o podría ser en la clase 42, "Servicios de diseño relacionados con la tapicería". Puede consultar nuestra herramienta de clasificación "Clinmar" accediendo a nuestra página web: http://tramites2.oepm.es/clinmar/inicio.action.Debe presentar, por tanto, un nuevo listado completo de actividades definiéndolas y clasificándolas correctamente de conformidad con la Clasificación Internacional. Deberá abonar la cantidad correspondiente en euros por la/s nueva/s clase/s resultante/s (art. 12.2 de la Ley en relación con tarifa primera 1.1: tasa ME17 si tanto el trámite como el pago se realizan electrónicamente y tasa MT17 en caso contrario). Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud en lo referente a las actividades afectadas (art. 9.2 y 9.6del Reglamento). Si no se subsanase en plazo la falta de pago de la tasa de solicitud o el pago incompleto de la misma, se tendrá por desistida la solicitud con respecto de la/s clase/s para la/s queno se hubiese abonado la tasa de solicitud o se hubiese abonado parcialmente. A falta de indicacióndel solicitante se considerarán pagadas las clases incluidas en primer lugar en la solicitud (art. 9.4 del Reglamento)