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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 06 de abril del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo RADHARANI GOLD'REAL.


Solicitud de marca suspendida

RADHARANI GOLD'REAL

Expediente:  M-4358702

Tipo Modalidad:  Marca

Identificado de publicación:  9128520

Modalidad del signo distintivo:  M

Número de solicitud:  4358702

Fecha de resolución:  26/03/2026

Irregularidades:  Los productos/servicios de la lista de productos y servicios adolecen de falta de claridad y precisi ón (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3.3 de su Reglamento) En concret o: CLASE 14:-"anillos; collares; pulseras; artículos de adorno personal" son imprecisos. Pue den redefinirse como "anillos [joyería]; collares [joyería]; pulseras [joyería]; joyería para adorno personal".-"objetos ornamentales de metales preciosos" es impreciso. Debe eliminarlo o redefini rlo ATENIÉNDOSE a las definiciones recogidas en la clasificación de Niza y armonizada que encontrará en nuestra herramienta Clinmar.CLASE 35:-"Servicios de venta al por mayor y al por meno r; comercio electrónico; comercialización de productos tecnológicos, cosméticos, suplementos aliment icios, joyería, alimentos y bebidas" están mal definidos. Pueden redefinirse como "venta al por mayor y al por menor y a través de redes mundiales de informática de productos cosméticos, suple mentos alimenticios, artículos de joyería, alimentos y bebidas".o"productos tecnológicos" es imp reciso. Debe concretar dichos productos.-"servicios de franquicia" es impreciso. Debe elimina rlo o redefinirlo ATENIÉNDOSE a las definiciones recogidas en la clasificación de Niza y armonizada que encontrará en nuestra herramienta Clinmar.NOTA : se recomienda no usar herramientas de int eligencia artificial para generar el listado de productos y servicios al ofrecer dichas herramientas resultados que no son aceptados por la clasificación de Niza y armonizada.Apórtese un nuevo lis tado consignándolos correctamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Re glamento).Puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios :https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionSE RECUERDA QUE COMO CONTESTACIÓN A ESTE SUSPENSO DE FORMA SOLO SE PODRÁ MODIFICAR SUBSANANDO LOS DEFECTOS SEÑALADOS EN EL SUSPENSO, RETIRAR, LIMITAR, O DIVIDIR LA SOLICITUD, SEGÚN ESTABLECE EL ARTÍCULO 9.2 DEL REGLAMENTO PARA LA EJECUCIÓN D E LA LEY 17/2001, DE 7 DE DICIEMBRE, DE MARCAS

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 06/04/2026 Tomo: 1 Anuncio:9128520 

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