Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 12 de agosto del 2022 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo QuickAppWeb.
Expediente: N-0436301
Tipo Marca: Figurativa
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Identificado de publicación: 6951769
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0436301
Fecha de resolución: 05/08/2022
Clases: 09
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS
Motivos: 01) El nombre comercial solicitado se halla incurso, para todas las clases solicitadas, en la prohibición del art. 87.1 en relación con el art. 88.a) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre), 2001 al considerar que el signo solicitado consiste en una forma de ofrecer u obtener información, que no puede ser percibido por el consumidor como un signo que sirva para distinguir los productos o servicios de una empresa de los de otras empresas dado que en el gráfico se visualiza un códigoQR
Motivos: 02) El nombre comercial solicitado se halla incurso, para todas las actividades solicitadas, en la prohibición del art. 5.1.b) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre), al carecer de carácter distintivo por consistir en una expresión, "QuickAppWeb" o "Web de aplicaciones rápidas", que el consumidor lo identificará como una alusión a la finalidad última delos productos reivindicados, pero no como un nombre comercial capaz de identificar una concreta procedencia empresarial. El hecho de que los términos estén unidos formando uno solo no aporta distintividad al conjunto ni y la representación simple de un móvil dado los productos que pretende distinguir
Motivos: 03) El nombre comercial solicitado se halla incurso, para las actividades solicitadas, en la prohibición del artículo 5.1.c) en relación con el art. 88.b) de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas, al estar compuesto exclusivamente de los términos, "QuickAppWeb" o "Web de aplicaciones rápidas", toda vez que hace referencia a los productos solicitados