Cargando...
Fecha publicación
Fuente

Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 15 de junio del 2022 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo QUERCUS ILEX.


Suspenso de fondo de marca

QUERCUS ILEX

Expediente:  N-0433279

Tipo Marca:  Figurativa

Tipo Modalidad:  Nombre Comercial

Identificado de publicación:  6860478

Modalidad del signo distintivo:  N

Número de solicitud:  0433279

Otra información:  Y OTROS

Fecha de resolución:  08/06/2022

Clases:  29

Motivos:  DEFECTOS O MOTIVOS

Motivos:  01) El nombre comercial solicitado se halla incurso en la prohibición del art. 5.1.g) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre), al poder inducir al público aerror sobre el origen de los productos que va a comercializar. Así, al utilizar un gráfico en el que aparece la silueta de un cerdo. el consumidor puede pensar que toda la carne es de origen porcino

Motivos:  02) El nombre comercial solicitado se halla incurso en la prohibición del art. 5.1.h) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre), al estar excluido de registroen virtud del art. 13.1 del Reglamento (UE) 1151/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de noviembre, que confiere protección a las denominaciones de origen e indicaciones geográficas, todavez que el signo evoca la Denominación de Origen Protegida de jamones y paletas "Dehesa de Extremadura" y las Indicaciones Geográficas Protegidas "Cordero de Extremadura y "Ternera de Extremadura".Estas prohibiciones podrán subsanarse presentando una nueva lista de productos eliminando las carnesque no son de cerdo y amparando los "jamones y paletas" en la DOP "Dehesa de Extremadura", el nuevolistado podría quedar así: "CARNE DE CERDO, PESCADO; EXTRACTOS DE CARNE DE CERDO; LECHE, QUESOS, MANTEQUILLA, YOGUR Y OTROS PRODUCTOS LACTEOS; ACEITES Y GRASAS PARA USO ALIMENTICIO; JAMON AMPARADO POR LA DOP "DEHESA DE EXTREMADURA"; EMBUTIDOS DE CERDO AMPARADO POR LA DOP "DEHESA DE EXTREMADURA"; LOMO DE CERDO; PATE DE CARNE DE CERDO." O bien puede subsanar estas prohibiciones eliminando del distintivo "el sabor de Extremadura" respetando los límites del art. 23.2 de la Ley de Marcas y aportando nuevo listado que podría quedar así: "CARNE DE CERDO, PESCADO; EXTRACTOS DE CARNE DE CERDO; LECHE, QUESOS, MANTEQUILLA, YOGUR Y OTROS PRODUCTOS LACTEOS; ACEITES Y GRASAS PARA USO ALIMENTICIO; JAMONES; EMBUTIDOS DE CERDO; LOMO DE CERDO; PATE DE CARNE DE CERDO"

Motivos:  03) POR OBSERVACIONES DE TERCERO BASADAS EN:- Articulo 5.1. f),g),h) de la Ley de Marcas 17/2001, de 7 de diciembre

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 15/06/2022 Tomo: 1 Anuncio:6860478 

Volver a QUERCUS ILEX
CREAR CUENTA GRATIS
Crea una cuenta gratuita en empresia y realiza seguimiento de las empresas que te interesan.

Registrar cuenta
Axesor.es
Axesor.es