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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 03 de mayo del 2022 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo QUARESMA.


Suspenso de fondo de marca

QUARESMA

Expediente:  M-4137199

Tipo Marca:  Denominativa

Tipo Modalidad:  Marca

Identificado de publicación:  6766918

Modalidad del signo distintivo:  M

Número de solicitud:  4137199

Fecha de resolución:  25/04/2022

Clases:  03

Motivos:  DEFECTOS O MOTIVOS

Motivos:  01) Art. 12.3 de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) y arts. 3.2 y 3.6 de su Reglamento de ejecución (Real Decreto 687/2002, de 12 de julio). Los productos/servicios están definidos y clasificados incorrectamente. En concreto, - "AMBIENTADORES; CREMAS, BÁLSAMOS Y LOCIONES COSMÉTICAS, DERMATOLÓGICAS Y DE BELLEZA;" está mal definido y/o clasificado. Ambientadores sería en la clase 05 "Ambientadores (desodorizantes de ambiente)"y una correcta definición de los demás productos solicitados sería en la clase 03: "PERFUMES; FRAGANCIAS; PRODUCTOS COSMÉTICOS; CREMAS (NO MEDICINALES);BÁLSAMOS (QUE NO SEAN MEDICINALES); LOCIONES COSMÉTICAS; JABONES Y GELES; CHAMPÚS; ACEITES ESENCIALES; DESODORANTES; LOCIONES CAPILARES; PASTAS DENTÍFRICAS; PRODUCTOS DE TOCADOR."Por tanto, debe aportarse nueva lista completa de los productos/servicios solicitados (en formulario oficial) definiéndolos y clasificándolos correctamente. Deberá abonar la cantidad de ...... euros por la/s ........ nueva/s clase/s resultantes (art. 12.2 de la Ley en relación con tarifa primera 1.1: tasa ME17 si tanto el trámite como el pago se realizan electrónicamente y tasa MT17 en caso contrario). Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud en lo referente a los productos/servicios afectados (arts. 9.2 y 9.6 del Reglamento). Si no se subsanase en plazo la falta de pago de la tasa de solicitud o el pago incompleto de la misma, se tendrá por desistida la solicitud con respecto de la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la tasa de solicitud o se hubiese abonado parcialmente. A falta de indicación del solicitante se considerarán pagadas las clases incluidas en primer lugar en la solicitud (art. 9.4 del Reglamento).Puede consultar nuestra herramienta CLINMAR en http://tramites2.oepm.es/clinmar/inicio.action

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 03/05/2022 Tomo: 1 Anuncio:6766918 

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