Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 08 de abril del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo pulpa.
Expediente: N-0495863
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Identificado de publicación: 9136528
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0495863
Otra información: Y OTROS
Fecha de resolución: 30/03/2026
Irregularidades: La lista de productos y servicios contiene productos y/o servicios incorrectamente definidos (art. 1 2.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su Reglamento). En concreto:-En l a clase 04"VELAS DECORATIVAS; VELAS DE MASAJE; CERA DE SOJA PARA VELAS; CERA VEGETAL; CERA AROMÁTICA EN FORMA SÓLIDA PARA QUEMAR; CANDELAS DE ENCENDIDO; CANDELILLAS; ACEITES PARA LÁMPARAS AROMÁTICAS" puede quedar definido como "VELAS DE ILUMINACIÓN; VELAS PERFUMADAS; VELAS AROMÁTICAS; VELAS DE SOJA ; CERA PARA HACER VELAS; MECHAS PARA VELAS Y LÁMPARAS; ANTORCHAS DE VELA".-En la clase 16 "- PLANNERS; PAPELERÍA; ADHESIVOS DECORATIVOS (PAPELERÍA); PEGATINAS DE PAPEL; HOJAS PARA APUNTES" p uede quedar definido como "AGENDAS; ARTICULOS DE PAPELERÍA; CINTAS ADHESIVAS PARA PAPELERÍA O USO DO MÉSTICO; PEGATINAS; HOJAS DE PAPEL"-En la clase 21 "QUEMADORES DE CERA AROMÁTICA; AMBIENTADORE S SÓLIDOS NO ELÉCTRICOS; VASOS REUTILIZABLES; BOTELLAS PARA AGUA REUTILIZABLES; RECIPIENTES PARA ALI MENTOS; TUPPERS; BANDEJAS DECORATIVAS; TARROS DE CRISTAL DECORATIVOS; DELANTALES DE COCINA; PINZAS D E TENDER; RECOGEDORES DE MANO; ARTÍCULOS PARA DECORACIÓN DEL HOGAR" puede quedar definido como "QUEM ADORES DE PERFUME, ELÉCTRICOS O NO; VASOS PARA BEBER; BOTELLAS DE AGUA DE PLÁSTICO REUTILIZABLES Y V ACÍAS; RECIPIENTES PARA ALMACENAR ALIMENTOS; BANDEJAS (DOMÉSTICAS); TARROS DE ALMACENAMIENTO DE CRIS TAL; PINZAS PARA LA ROPA; RECOGEDORES "-ARTICULOS DECORACIÓN DEL HOGAR ES IMPRECISO.-AMBIENTADOR ES SÓLIDOS NO ELÉCTRICOS PUEDE QUEDAR DEFINIDO COMO AMBIENTADORES [DESODORANTES DE AMBIENTE] Y PER TENECE A LA CLASE 05-DELANTALES PERTENECE A LA CLASE 25Apórtese un nuevo listado consignán dolos correctamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Pu ede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://consu ltas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionPor cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamente. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abon ado la totalidad de la tasa. Se recuerda que como contestación a este suspenso de forma solo s e podrá modificar subsanando los defectos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la s olicitud, según establece el artículo 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 d e diciembre, de Marcas