Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 15 de marzo del 2024 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo Psicoevo.
Expediente: N-0464061
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Identificado de publicación: 7805616
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0464061
Otra información: Y OTROS
Fecha de resolución: 08/03/2024
Irregularidades: Art. 12.3 de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) y arts. 3.2 y 3.6 de su Reglamento de ejecución (Real Decreto 687/2002, de 12 de julio). Los servicios están definidos y clasificados inc orrectamente. En concreto, lo solicitado en la clase 44 como "PEDAGOGÍA" es incorrecta su clasif icacion en esta clase, toda vez que se tratan de servicios encuadrados en la clase 41, lo que supond ría el abono de tasa de una nueva clase, y la redacción correcta sería, por ejemplo, "Servicios de e valuación pedagógica".Por tanto, debe aportarse nueva lista completa de los servicios solicitado s (en formulario oficial) definiéndolos y clasificándolos correctamente. Deberá abonar la cantidad d e 82,84 euros por la nueva clase resultante, Clase 41 (art. 12.2 de la Ley 17/2001 de Marcas). Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud en lo referente a los servicios afectados (arts. 9.2 y 9.6 del Reglamento). Si no se subsanase en plazo la falta de pago de la tasa de solicitud o el pago incompleto de la misma, se tendrá por desistida la solicitud con respecto de la clase para la que no se hubiese abonado la tasa de solicitud o se hubiese abonado parcialmente. A falta de indicación del solicitante se considerarán pagadas las clases incluidas en primer lugar en la solicitud (art. 9.4 del Reglamento).Puede consultar nuestra herramienta CLINMA R en http://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.action