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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 10 de junio del 2025 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo PROTIS, bajo la titularidad de SPORTDIET FHARMA SL.


Solicitud de marca suspendida

PROTIS

Expediente:  M-4313095

Tipo Modalidad:  Marca

Identificado de publicación:  8594685

Modalidad del signo distintivo:  M

Número de solicitud:  4313095

Fecha de resolución:  03/06/2025

Irregularidades:  1.- Si lo que desea registrar como Marca es el distintivo aportado en el documento adjunto a la ins tancia, éste debe ir incluido en la casilla "Distintivo" de la instancia de solicitud y tiene que in dicar que el Tipo de Distintivo es "Figurativo". En el caso de no contestar o no subsanar este motiv o de suspenso, se tramitará la Marca denominativa, tal y como aparece solicitada en la instancia. 2.- La casilla adquisición de carácter distintivo por el uso solo debe marcarse para aquellas marca s, qué estando formadas por elementos o términos desprovistos totalmente de carácter distintivo, hay an adquirido tal carácter como consecuencia del uso que el titular haya hecho de ellas en el mercado , si este es su caso deberá aportar las pruebas correspondientes.3.- La lista de productos y ser vicios contiene productos y/o servicios incorrectamente definidos y/o clasificados(art. 12.3 de la L ey 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su Reglamento). En concreto:- "Multivitamíni cos" puede quedar definido como "Preparados multivitamínicos" que pertenece a la clase 05- "omegas , suplementos deportivos" puede quedar definido como "Suplementos nutricionales de omega" que perten ece a la clase 05 - "Proteína suero de leche" puede quedar definido como "Suplementos alimenticios de proteína de suero de leche" que pertenece a la clase 05- "Creatinas" puede quedar definido com o " Suplementos nutricionales de creatina" que pertenece a la clase 05Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de produ ctos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionPor cada nueva clase resultan te deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamente. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/ s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa.Se recuerda que como contestación a este suspenso de forma solo se podrá modificar subsanando los defectos señalados en el suspenso, r etirar, limitar, o dividir la solicitud, según establece el artículo 9.2 del Reglamento para la ejec ución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 10/06/2025 Tomo: 1 Anuncio:8594685 

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