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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 23 de febrero del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo PROQUIMAR.


Solicitud de marca suspendida

PROQUIMAR

Expediente:  M-4346062

Tipo Modalidad:  Marca

Identificado de publicación:  9030486

Modalidad del signo distintivo:  M

Número de solicitud:  4346062

Fecha de resolución:  16/02/2026

Irregularidades:  1-La lista de productos y servicios adolece de falta de claridad y precisión (art. 12.3 de la Ley 17 /2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3.3 de su Reglamento). En concreto: Clase 35:-"servici os de venta al detall y a través de redes telemáticas mundiales de todo tipo de productos químicos d estinados a la industria" es impreciso, en concreto la palabra "detall"Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por des istida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglam ento).Puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:htt ps://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.action2-La lista de productos y servicios contiene produc tos y/o servicios clasificados incorrectamente (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de M arcas y art.3 de su Reglamento). En concreto:Clase 35: -"Todo tipo de ambientadores y desodorant es" Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Si no se subsanasen en plazo los def ectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servici os afectados (art. 9.6 del Reglamento).Puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lis ta de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionPor cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamen te. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la /s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa.Se recuerda que como contestación a este suspenso de forma solo se podrá modificar subsanando los defectos señalados en e l suspenso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, según establece el artículo 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 23/02/2026 Tomo: 1 Anuncio:9030486 

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