Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 24 de abril del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo P.I.G.
Expediente: M-4364796
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 9173040
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4364796
Fecha de resolución: 17/04/2026
Irregularidades: 1-Debe cumplimentar la casilla "DENOMINACIÓN" transcribiendo todos los elementos denominativos o alf anuméricos que aparecen en el distintivo. En el distintivo se observa la denominación "P.I.G", solo con dos puntos. Pueden eliminiar el último punto de la denominación, o añadirlo al distintivo sin mo dificar nada más.2-La lista de productos y servicios contiene productos y/o servicios clasificad os incorrectamente (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su Reglamen to). En concreto:-"libros de formación y cuentos educativos" pertenecen a la clase 16 y deberían quedar definidos como "libros de formación; cuentos educativos"Apórtese un nuevo listado consig nándolos correctamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento). Puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://co nsultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionPor cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (t asa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamente. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese a bonado la totalidad de la tasa.Se recuerda que como contestación a este suspenso de forma so lo se podrá modificar subsanando los defectos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, según establece el artículo 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas