Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 31 de marzo del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo PICASSO 30.
Expediente: M-4358041
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 9120191
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4358041
Otra información: Y OTROS
Fecha de resolución: 24/03/2026
Irregularidades: La lista de productos y servicios contiene productos y/o servicios incorrectamente definidos y/o cla sificados (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su Reglamento). En concreto:CLASE 41:-" SERVICIO DE PSICOLOGÍA" pertenece a la clase 44, en la clase 41 podría qu edar definido como "Formación en psicología"-"TÉCNICAS MANUALES; SERVICIOS DE INFORMACIÓN; " es im preciso, debe revisar los servicios incluidos en la misma de manera que se ajusten a la Clasificació n Internacional de Niza y a la Clasificación Armonizada. - "SERVICIOS DE DIFUSIÓN CULTURAL" es imp reciso, debe concretar qué servicios desea, de manera que se ajusten a la Clasificación Internaciona l de Niza y a la Clasificación Armonizada. En la clase 41 podría quedar definido como "Preparación d e programas culturales (documentales) para su difusión" Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solic itud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://consulta s2.oepm.es/clinmar/inicio.actionPor cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamente. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abona do la totalidad de la tasaSe recuerda que como contestación a este suspenso de forma solo se pod rá modificar subsanando los defectos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solici tud, según establece el artículo 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de dic iembre, de Marcas