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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 14 de octubre del 2025 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo PERCO COMPANY.


Solicitud de marca suspendida

PERCO COMPANY

Expediente:  M-4327567

Tipo Modalidad:  Marca

Identificado de publicación:  8786374

Modalidad del signo distintivo:  M

Número de solicitud:  4327567

Fecha de resolución:  07/10/2025

Irregularidades:  1.Apórtese el nombre y apellidos del solicitante, de manera que quede correctamente identificado. Escriba por favor en la casilla "APELLIDOS" SÓLO los correspondientes apellidos y en la casilla "N OMBRE" SÓLO el nombre del solicitante.2.Debe cumplimentar la casilla "DENOMINACIÓN" tran scribiendo todos los elementos denominativos o alfanuméricos que aparecen en el distintivo. En el pr esente caso, debe aparecer únicamente "PERCO".3.El apartado "DESCRIPCIÓN" es de cumplime ntación facultativa o voluntaria. En caso de indicar una descripción ésta debe limitarse EXCLUSIVAME NTE a definir las características del distintivo, no debiéndose incluir otros comentarios (art. 2.2 del Reglamento de Ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas). Al ser voluntaria, no es necesaria su cumplimentación. 4.La lista de productos y servicios contiene productos y/o servicios clasificados incorrectamente (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su Reglamento). En concreto:-"Riñoneras" pertenece a la clase 18. Por cada nueva clase resultante deberá abonar euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamen te. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud úni camente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Apórtese un nue vo listado consignándolos correctamente. Para encontrar los términos aceptados, puede consultar la h erramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clin mar/inicio.actionSE RECUERDA QUE COMO CONTESTACIÓN A ESTE SUSPENSO DE FORMA SOLO SE PODRÁ MODIFI CAR SUBSANANDO LOS DEFECTOS SEÑALADOS EN EL SUSPENSO, RETIRAR, LIMITAR, O DIVIDIR LA SOLICITUD, SEGÚ N ESTABLECE EL ARTÍCULO 9.2 DEL REGLAMENTO PARA LA EJECUCIÓN DE LA LEY 17/2001, DE 7 DE DICIEMBRE, D E MARCAS

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 14/10/2025 Tomo: 1 Anuncio:8786374 

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