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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 22 de septiembre del 2025 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo PEDRO MISERICORDIOSO.


Solicitud de marca suspendida

PEDRO MISERICORDIOSO

Expediente:  M-4324436

Tipo Modalidad:  Marca

Identificado de publicación:  8745177

Modalidad del signo distintivo:  M

Número de solicitud:  4324436

Fecha de resolución:  15/09/2025

Irregularidades:  La lista de productos y servicios contiene productos y/o servicios incorrectamente definidos y/o cla sificados (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su Reglamento). En c oncreto:Clase 16:-"láminas ilustradas" puede quedar definido como "Láminas [grabados] ilustrad as"- "material gráfico impreso" puede quedar definido como "Gráficos impresos"- "papelería" pued e quedar definido como "Artículos de papelería"- "juegos de cartas impresos" puede quedar definido como "Juegos de cartas" que pertenece a la clase 28 Clase 41:-"Servicios de escritura y publi cación de libros" puede quedar definido como "Servicios de escritura (creación) y publicación de lib ros"- "producción de contenido humorístico" puede quedar definido como "Producción de espectáculos humorísticos"-"Charlas, monólogos, lecturas dramatizadas" puede quedar definido como "Organizació n y celebración de charlas y actuaciones de entretenimiento de monólogos y lecturas dramatizadas" - "creación y difusión de personajes satíricos" tiene carácter impreciso, debe establecer con clarid ad y precisión los productos a solicitar y clasificarlos correctamente, ajustándose a las posiciones de la Clasificación Internacional de Niza.- "desarrollo de obras literarias con formato escénico y audiovisual" puede quedar definido como "Organización de espectáculos escénicos desarrollando obra s literarias" Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Puede consultar la herram ienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/i nicio.actionPor cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamente. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de l a tasa.Se recuerda que como contestación a este suspenso de forma solo se podrá modificar subsan ando los defectos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, según establec e el artículo 9.2 del reglamento para la ejecución de la ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 22/09/2025 Tomo: 1 Anuncio:8745177 

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