Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 22 de septiembre del 2025 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo PEDRO MISERICORDIOSO.
Expediente: M-4324436
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 8745177
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4324436
Fecha de resolución: 15/09/2025
Irregularidades: La lista de productos y servicios contiene productos y/o servicios incorrectamente definidos y/o cla sificados (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su Reglamento). En c oncreto:Clase 16:-"láminas ilustradas" puede quedar definido como "Láminas [grabados] ilustrad as"- "material gráfico impreso" puede quedar definido como "Gráficos impresos"- "papelería" pued e quedar definido como "Artículos de papelería"- "juegos de cartas impresos" puede quedar definido como "Juegos de cartas" que pertenece a la clase 28 Clase 41:-"Servicios de escritura y publi cación de libros" puede quedar definido como "Servicios de escritura (creación) y publicación de lib ros"- "producción de contenido humorístico" puede quedar definido como "Producción de espectáculos humorísticos"-"Charlas, monólogos, lecturas dramatizadas" puede quedar definido como "Organizació n y celebración de charlas y actuaciones de entretenimiento de monólogos y lecturas dramatizadas" - "creación y difusión de personajes satíricos" tiene carácter impreciso, debe establecer con clarid ad y precisión los productos a solicitar y clasificarlos correctamente, ajustándose a las posiciones de la Clasificación Internacional de Niza.- "desarrollo de obras literarias con formato escénico y audiovisual" puede quedar definido como "Organización de espectáculos escénicos desarrollando obra s literarias" Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Puede consultar la herram ienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/i nicio.actionPor cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamente. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de l a tasa.Se recuerda que como contestación a este suspenso de forma solo se podrá modificar subsan ando los defectos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, según establec e el artículo 9.2 del reglamento para la ejecución de la ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas