Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 06 de febrero del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo PATRIMONIO SUBTERRÁNEO.
Expediente: N-0492236
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Identificado de publicación: 8995758
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0492236
Fecha de resolución: 30/01/2026
Irregularidades: Debe cumplimentar la casilla "DENOMINACIÓN" transcribiendo todos los elementos denominativos o alfan uméricos que aparecen en el distintivo.La lista de productos y servicios adolece de falta de cla ridad y precisión (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3.3 de su Reglame nto). En concreto:-"VISITAS BODEGAS SUBTERRÁNEAS, VISITAS CASAS CUEVA; CULTURA DEL VINO TRADICIO NAL; CULTURA DE LA VIVIENDA SUBTERRÁNEA, CASAS CUEVA; PAISAJE ENOLÓGICO".Debe revisar los produc tos y/o servicios indicados de manera que se ajusten a la Clasificación Internacional de Niza y a la Clasificación Armonizada. Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Puede consult ar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://consultas2.oep m.es/clinmar/inicio.actionPor cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamente. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa.Se recuerda que como contestación a este suspenso de forma solo se podrá mo dificar subsanando los defectos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, según establece el artículo 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembr e, de Marcas