Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 17 de septiembre del 2025 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo Patri Joyeros Artesanos.
Expediente: N-0476147
Tipo Marca: Figurativa
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Identificado de publicación: 8740151
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0476147
Fecha de resolución: 10/09/2025
Clases: 14
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) El nombre comercial solicitado se halla incurso en la prohibición del art. 5.1.g) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). De la aplicación conjunta de ambos artículos se deriva que no podrán registrarse como nombre comercial los signos que puedan inducir al público a error, por ejemplo, sobre la naturaleza, la calidad o el origen geográfico de los productos o servicios a los que se refieren las actividades para las que se solicite.En concreto, el signo solicitado puede inducir al público a error sobre la naturaleza y la calidad de los productos solicitados toda vez que en la denominación contiene el término "ARTESANOS", y no lo especifica en la lista de productos. Esta prohibición podrá subsanarse limitando los productos solicitados a "todos los productos anteriores han sido elaborados de forma artesanal". Puede presentar un nuevo listado de productos y servicios que puede quedar definido:Clase 14: METALES PRECIOSOS Y SUS ALEACIONES; ARTICULOS DE JOYERIA, PIEDRAS PRECIOSAS Y SEMIPRECIOSAS; TODOS LOS PRODUCTOS ANTERIORES HAN SIDOELABORADOS DE FORMA ARTESANAL.Alternativamente, puede eliminar el término "ARTESANOS" del elemento denominativo