Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 09 de marzo del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo Parador Los Portones de Larrosa.
Expediente: M-4352894
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 9067112
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4352894
Fecha de resolución: 02/03/2026
Irregularidades: 1.El tipo de distintivo indicado en la solicitud es incorrecto. Debe indicar como tipo de distintivo "FIGURATIVO", ajustándose a lo establecido en el artículo 2, apartado 3, b) del Reglamento de Ejecu ción de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas. Puede hacerlo introduciendo un comentario al respecto en la casilla ALEGACIONES.2.Debe cumplimentar la casilla "DENOMINACIÓN" transcri biendo todos los elementos denominativos o alfanuméricos que aparecen en el distintivo. En el distin tivo se observa la denominación "HERALDICAFAMILIAR.COM". 3.El apartado "DESCRIPCIÓN ESCRITA DE LA MARCA" debe limitarse exclusivamente a definir las características del distintivo, no debiéndo se incluir otros comentarios (art. 2.2 del Reglamento de Ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciem bre, de Marcas). Este apartado es de cumplimentación facultativa, por lo que puede eliminar estas in dicaciones.NOTA: debe corregirse la denominación que aparece en la descripción al no ser visible dentro del distintivo. 4.La lista de productos y servicios contiene productos y/o servicios clasificados y/o definidos incorrectamente (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marc as y art.3 de su Reglamento). En concreto:-"organización de eventos culturales" pertenece a la c lase 41.-"organización de eventos sociales" es impreciso. Debe eliminarlo o redefinirlo ATENIÉND OSE a las definiciones recogidas en la clasificación de Niza y armonizada que encontrará en nuestra herramienta Clinmar.-"servicios de restauración" está mal definido. Debe redefinirse como "serv icios de restauración [alimentación]".Por cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euro s (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamente. Si no se subsanase en plazo la f alta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubie se abonado la totalidad de la tasa.Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respe cto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Puede consultar la herrami enta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/ inicio.actionSE RECUERDA QUE COMO CONTESTACIÓN A ESTE SUSPENSO DE FORMA SOLO SE PODRÁ MODIFICA R SUBSANANDO LOS DEFECTOS SEÑALADOS EN EL SUSPENSO, RETIRAR, LIMITAR, O DIVIDIR LA SOLICITUD, SEGÚN ESTABLECE EL ARTÍCULO 9.2 DEL REGLAMENTO PARA LA EJECUCIÓN DE LA LEY 17/2001, DE 7 DE DICIEMBRE, DE MARCAS