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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 13 de junio del 2022 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo PAN DE LUGO Feito en Galicia, bajo la titularidad de PAN DE LUGO SL.


Suspenso de fondo de marca

PAN DE LUGO Feito en Galicia

Expediente:  N-0435093

Tipo Marca:  Figurativa

Tipo Modalidad:  Nombre Comercial

Titular:  PAN DE LUGO SL

Identificado de publicación:  6855376

Modalidad del signo distintivo:  N

Número de solicitud:  0435093

Fecha de resolución:  06/06/2022

Clases:  35

Motivos:  DEFECTOS O MOTIVOS

Motivos:  01) El nombre comercial solicitado se halla incurso en la prohibición del art. 5.1.b) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre), al carecer de carácter distintivo, toda vez que consiste en una denominación que no permite al consumidor identificar los servicios que se pretenden distinguir con dicho signo con una concreta procedencia empresarial

Motivos:  02) El nombre comercial solicitado se halla incurso en la prohibición del art. 5.1.c) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) al estar compuesto exclusivamente de signos o indicaciones que pueden servir en el comercio para designar las características o laprestación de las actividades para las que se solicita el presente nombre comercial, toda vez que éste consiste únicamente en una leyenda compuesta por vocablos genéricos/descriptivos, respecto a losservicios solicitados, no constando de ningún otro elemento de fantasía o grafía que permita distinguir los servicios de una empresa de los de otras

Motivos:  03) El nombre comercial solicitado se halla incurso, para los productos objeto de venta solicitadosen la clase 35, y concretamente "Pan y productos de panadería", en la prohibición del art. 5.1.h) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre), al estar excluidode registro en virtud del art. 13.1 del Reglamento (UE) 1151/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de noviembre, sobre los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios, yen concreto con el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/2182 de la Comisión de 16 de diciembre de 2019, por el que se inscribe un nombre en el Resgistro de Denominación de Origen Protegidas y de Indicaciones Geográficas Protegidas "Pan Galego"/"Pan Gallego" (IGP), que confiere protección a las denominaciones de origen e indicaciones geográficas, toda vez que el distintivo solicitado consta de los vocablos "PAN DE LUGO Feito en Galicia", por tanto, referido al producto "Pan" y a la provincia de "Lugo" (zona geográfica perteneciente a la IGP "Pan Gallego") además de la leyenda "Feito en Galicia" ("Hecho en Galicia", en castellano), por lo que todo su conjunto sugiere o evoca a la IGP "Pan Gallego/Pan Galego".Esta prohibición podrá subsanarse, aportando nueva Lista de Productos/Servicios, limitando el producto objeto de venta del pan de la forma siguiente: Pan amparado por la IGP "Pan Gallego/Pan Galego"

Motivos:  04) POR OBSERVACIONES DE TERCERO BASADAS EN:- Articulo 5.1. h) de la Ley de Marcas 17/2001, de 7 de diciembre

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 13/06/2022 Tomo: 1 Anuncio:6855376 

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