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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 06 de febrero del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo PALMIRA, bajo la titularidad de CICLOFACTORIA SC.


Solicitud de marca suspendida

PALMIRA

Expediente:  M-4344825

Tipo Modalidad:  Marca

Identificado de publicación:  8995501

Modalidad del signo distintivo:  M

Número de solicitud:  4344825

Fecha de resolución:  30/01/2026

Irregularidades:  1.- Las sociedades civiles cuyos pactos son secretos carecen de personalidad jurídica por lo que no están legitimadas para obtener el registro de una marca. Debe contestar a este suspenso aportando es critura pública de constitución de la sociedad civil o copia cotejada de la misma. En caso de no pod er aportar dicha escritura deberá contestar a este suspenso indicando como solicitantes a todos los integrantes de la sociedad (art. 1.669 del Código Civil y art. 3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembr e, de Marcas).2.- Debe aportar el poder acreditativo de la representación con la que actúa. En c aso de no subsanar este defecto, continuará la tramitación eliminándose la representación y continua ndo el procedimiento con el solicitante.3.- La lista de productos y servicios adolece de falta d e claridad y precisión (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3.3 de su Re glamento). En concreto: CLASE 25:-"Prendas técnicas transpirables para deportistas" es impreci so, podría poner "Prendas de vestir técnicas transpirables para deportistas.- "Prendas informale s" es impreciso, podría poner "Prendas de vestir informales".- "Complementos de vestir" es impre ciso, debe especificar qué complementos son, ya que podrían ir incluso a otras clases.Por cada n ueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan elec trónicamente. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud res pecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa.Apórtese un nue vo listado consignándolos correctamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tend rá por desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y ser vicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionSe recuerda que como contestación a e ste suspenso de forma solo se podrá modificar subsanando los defectos señalados en el suspenso, reti rar, limitar, o dividir la solicitud, según establece el artículo 9.2 del Reglamento para la ejecuci ón de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 06/02/2026 Tomo: 1 Anuncio:8995501 

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