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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 16 de junio del 2025 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo Palabras " LIBE STUDIO" fuente Tahoma. Libélula apoyada en la letra "L".


Solicitud de marca suspendida

Palabras " LIBE STUDIO" fuente Tahoma. Libélula apoyada en la letra "L"

Expediente:  N-0484367

Tipo Modalidad:  Nombre Comercial

Identificado de publicación:  8604535

Modalidad del signo distintivo:  N

Número de solicitud:  0484367

Fecha de resolución:  09/06/2025

Irregularidades:  Apórtese el nombre y apellidos del solicitante, de manera que quede correctamente identificado. Escriba por favor en la casilla "APELLIDOS" los correspondientes apellidos y en la casilla "NOMBRE" el nombre del solicitante.Debe cumplimentar la casilla "DENOMINACIÓN" transcribiendo todos los e lementos denominativos o alfanuméricos que aparecen en el distintivo.En caso de no contestar al suspenso se procederá a cambiar de oficio dicha casilla con los elementos alfanuméricos que se pueda n apreciar.La lista de productos y servicios contiene productos y/o servicios definidos y/o clas ificados incorrectamente (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su Re glamento). En concreto:- "arquitectura efímera; producción eventos; decorados cine, teatro, tele visión" es impreciso. Puede eliminarlo del listado, o alternativamente puede indicar servicios compr endidos en la clasificación de Niza que tengan una relación directa con los indicados (no se aceptar án servicios que no guarden relación).Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se ten drá por desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Para encontrar los términ os aceptados, puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios :https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionSe recuerda que como contestación a este susp enso de forma solo se podrá modificar subsanando los defectos señalados en el suspenso, retirar, lim itar, o dividir la solicitud, según establece el artículo 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas.Por cada nueva clase resultante deberá abonar la tasa ME17. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 16/06/2025 Tomo: 1 Anuncio:8604535 

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