Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 23 de febrero del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo P209 RS.
Expediente: M-4349576
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 9031517
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4349576
Fecha de resolución: 16/02/2026
Irregularidades: La lista de productos y servicios adolece de falta de claridad y precisión (art. 12.3 de la Ley 17/2 001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3.3 de su Reglamento). En concreto: En la Clase 03:- " esencias aromáticas" es impreciso. Podría quedar definido como: "Esencias para perfumar".-"amb ientadores" es impreciso, el término "ambientadores" aparece en más clases. Debe redefinir el produc to que quiere incluir en la Clase 03.-"difusores de fragancia"; pertenece a la Clase 21 como rec ipientes. Si quiere que se incluya en la Clase 03 debe quedar definido como "Fragancias".-"spray s aromáticos para ambientes; preparados perfumados". Debe redefinir los términos para ajustarlos a l a Clasificación internacional de Niza de la Clase 03.En la Clase 04:-"aceites perfumados no para uso corporal; aceites aromáticos para difusores; mezclas aromáticas para difusores de varillas; aceites perfumados para ambientación de interiores y vehículos; ceras aromáticas" es impreciso. Deb e ajustarse a la Clasificación Internacional de Niza en la Clase 04, ya que hay productos que por su redacción también pueden pertenecer a la Clase 03.En la Clase 35:-"servicios de comercio el ectrónico", es impreciso. Puede eliminar este servicio ya que está incluido anteriormente como "serv icios de venta en línea".-"gestión de tiendas en línea", es impreciso. Debe definir el servicio ajustándose a la Clasificación Internacional de Niza.Apórtese un nuevo listado consignándolos co rrectamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitu d únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Puede co nsultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://consultas2. oepm.es/clinmar/inicio.actionPor cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME1 7) si el trámite y el pago se realizan electrónicamente. Si no se subsanase en plazo la falta de pag o, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa.SE RECUERDA QUE COMO CONTESTACIÓN A ESTE SUSPENSO DE FORMA SOLO SE PODRÁ MODIFICAR SUBSANANDO LOS DEFECTOS SEÑALADOS EN EL SUSPENSO, RETIRAR, LIMITAR, O DIVIDIR LA SOLICITU D, SEGÚN ESTABLECE EL ARTÍCULO 9.2 DEL REGLAMENTO PARA LA EJECUCIÓN DE LA LEY 17/2001, DE 7 DE DICIE MBRE, DE MARCAS