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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 17 de febrero del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo ORO HEXABIOCLIM.


Solicitud de marca suspendida

ORO HEXABIOCLIM

Expediente:  M-4347562

Tipo Modalidad:  Marca

Identificado de publicación:  9016717

Modalidad del signo distintivo:  M

Número de solicitud:  4347562

Fecha de resolución:  10/02/2026

Irregularidades:  El apartado "DESCRIPCIÓN ESCRITA DE LA MARCA" debe limitarse exclusivamente a definir las caracterís ticas del distintivo, no debiéndose incluir otros comentarios (art. 2.2 del Reglamento de Ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas). En concreto, debe de eliminar "Representa producto s naturales de origen apícola y ecológico asociados al ecosistema Hexabioclim". Este apartado es de cumplimentación facultativa, por lo que puede eliminar estas indicaciones.La lista de productos y servicios adolece de falta de claridad y precisión y/o están incorrectamente clasificados y/o mal definidos (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3.3 de su Reglamento). En concreto: -"polen" es impreciso, ya que puede pertenecer a varias clases. Debe de redefinirlo a justándose a la Clasificación. Podría quedar definido como "POLEN PREPARADO PARA USO ALIMENTICIO" en la clase 29, por lo que puede modificarlo o eliminarlo.-"infusiones" debe de quedar definido "I NFUSIONES, QUE NO SEAN PARA USO MÉDICO"Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. S i no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente r especto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Puede consultar la her ramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clin mar/inicio.actionPor cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trá mite y el pago se realizan electrónicamente. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa.SE RECUERDA QUE COMO CONTESTACIÓN A ESTE SUSPENSO DE FORMA SOLO SE PODRÁ MODIFICAR S UBSANANDO LOS DEFECTOS SEÑALADOS EN EL SUSPENSO, RETIRAR, LIMITAR, O DIVIDIR LA SOLICITUD, SEGÚN EST ABLECE EL ARTÍCULO 9.2 DEL REGLAMENTO PARA LA EJECUCIÓN DE LA LEY 17/2001, DE 7 DE DICIEMBRE, DE MAR CAS

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 17/02/2026 Tomo: 1 Anuncio:9016717 

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