Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 03 de marzo del 2025 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo ORO DE NESOI. MIEL ARTESANAL DE CANARIAS. PRODUCTO DE ORIGEN CANARIO.
Expediente: M-4266388
Tipo Marca: Figurativa
Tipo Modalidad: Marca
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del art. 5.1.g) de la Ley de Marcas (Ley17/2001, de 7 de diciembre). Este artículo establece que no podrán registrarse como marca los signos que puedan inducir al público a error, por ejemplo, sobre la naturaleza, la calidad o el origen geográfico del producto o servicio.En concreto, el signo solicitado puede inducir al público a errorsobre el origen de los productos solicitados; dado que la denominación de la marca ORO DE NESOI. MIEL ARTESANAL DE CANARIAS. PRODUCTO DE ORIGEN CANARIO, hace pensar al consumidor que los productos solicitados proceden de Canarias, sin que así se haya in dicado en la lista de productos.Esta prohibición podrá subsanarse limitando la lista de productos en el sentido de indicar que TODOS LOS PRODUCTOS PROCEDEN DE LAS ISLAS CANARIAS. 02) POR OBSERVACIONES DE TERCERO BASADAS EN:- Articulo 5.1. f),g) de la Ley de Marcas 17/2001, de 7 de diciembre
Identificado de publicación: 8368400
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4266388
Otra información: Y OTROS
Fecha de resolución: 24/02/2025
Clases: 30