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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 20 de septiembre del 2018 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo ORIGINAL TRAVEL, bajo la titularidad de SEGUIMOS VIAJANDO H&A SL.


Suspenso de fondo de marca

ORIGINAL TRAVEL

Expediente:  N-0382090

Tipo Modalidad:  Nombre Comercial

Identificado de publicación:  4597721

Modalidad del signo distintivo:  N

Número de solicitud:  0382090

Fecha de resolución:  14/09/2018

Clases:  39

Motivos:  DEFECTOS O MOTIVOS

Motivos:  01) Arts. 12.3 y 87.3 de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) y Art. 3.2 de su Reglamento (Real Decreto 687/2002, de 12 de julio). las actividades no están correctamente definidas. En concreto, para estar bien ajustados a la Clasificación Internacional la clase 39 la debe solicitar de la siguiente forma:Cl. 39: " ORGANIZACIÓN DE VIAJES, RESERVA DE VIAJES COMBINADOS ORGANIZADOS, EMISIÓN DE BILLETES DE CRUCEROS, BILLETES DE TRENES, DE AVIONES Y DE AUTOCARES" Debe aportarse, por tanto, nueva lista de actividades (en formulario oficial) describiéndolas correctamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud en lo referente a las actividades afectadas (art 9.2 del Reglamento)

Motivos:  02) Arts. 12.3 y 87.3 de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) y Art. 3. 2 y 3 de su Reglamento (Real Decreto 687/2002, de 12 de julio). Las actividades están definidas y clasificadas incorrectamente. En concreto, "la venta de hoteles" va a la cl. 36 y lo debe expresar de la siguiente forma "SERVICIOS DE UNA AGENCIA INMOBILIARIA RELACIONADOS CON LA VENTA DE HOTELES"; y la venta de entradas de espectáculos va a la cl. 41 como "SERVICIO DE VENTA DE LOCALIDADES (ESPECTÁCULOS)" .Debe aportarse, por tanto, nueva lista de actividades (en formulario oficial) definiéndolas y clasificándolas correctamente. Deberá abonar la cantidad correspondiente por las nuevas clases resultantes (art.12.2 de la Ley en relación con tarifa primera 1.1). Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud en lo referente a las actividades afectadas (art 9.2 del Reglamento). Si no se subsanase en plazo la falta de pago de la tasa de solicitud o el pago incompleto de la misma, se tendrá por desistida la solicitud con respecto de la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la tasa de solicitud o se hubiese abonado parcialmente. A falta de indicación del solicitante se considerarán pagadas las clases incluidas en primer lugar en la solicitud (art. 9.4 del Reglamento)

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 20/09/2018 Tomo: 1 Anuncio:4597721 

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