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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 21 de diciembre del 2018 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo ORIGENSL.


Suspenso de fondo de marca

ORIGENSL

Expediente:  N-0386102

Tipo Modalidad:  Nombre Comercial

Identificado de publicación:  4779852

Modalidad del signo distintivo:  N

Número de solicitud:  0386102

Otra información:  Y OTROS

Fecha de resolución:  17/12/2018

Clases:  37

Motivos:  DEFECTOS O MOTIVOS

Motivos:  01) Arts. 12.3 y 87.3 de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) y Art. 3.2 de su Reglamento (Real Decreto 687/2002, de 12 de julio). las actividades no están correctamente definidas. En concreto,"explotación minera" lo debe expresar como "EXTRACCIÓN MINERA" en la misma cl. 37, por lo quedicha clase quedaría de la siguiente forma:cl. 37: "SERVICIOS DE CONSTRUCCIÓN, CONSTRUCCIÓN DE HOSPITALES, EXTRACCIÓN MINERA". Debe aportarse, por tanto, nueva lista de actividades (en formulario oficial) describiéndolas correctamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrápor desistida la solicitud en lo referente a las actividades afectadas (art 9.2 del Reglamento)

Motivos:  02) Arts. 12.3 y 87.3 de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) y Art. 3. 2 y 3 de su Reglamento (Real Decreto 687/2002, de 12 de julio). Las actividades están definidas y clasificadas incorrectamente. En concreto, "maquinaria comercialización" lo debe solicitar en la cl. 35 como "SERVICIO DE VENTA DE MAQUINARIA" (debiendo especificar si es al por mayor, al por menor, al detalle y/o através de redes mundiales de informática). Debe aportarse, por tanto, nueva lista de actividades (en formulario oficial) definiéndolas y clasificándolas correctamente. Deberá abonar la cantidad correspondiente por la nueva clase resultante (art. 12.2 de la Ley en relación con tarifa primera 1.1).Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud en lo referente a las actividades afectadas (art 9.2 del Reglamento). Si no se subsanase en plazo la falta de pago de la tasa de solicitud o el pago incompleto de la misma, se tendrá por desistida la solicitud con respecto de la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la tasa de solicitud o se hubiese abonado parcialmente. A falta de indicación del solicitante se considerarán pagadas las clases incluidas en primer lugar en la solicitud (art. 9.4 del Reglamento)

Motivos:  03) El nombre comercial solicitado se halla incurso en la prohibición del artº 5.1.g) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) al poder inducir al público a error sobre la naturaleza jurídica del solicitante, puesto que la denominación está compuesta de dostérminos, que aunque visualmente formen una palabra, el consumidor la percibe como dos siendo una de ellas "SL" (Sociedad limitada), y los solicitantes son personas físicas.Para subsanar esta prohibición deberá aportar nuevamente el gráfico, exactamente igual que el anterior pero sin dichas siglas "SL"

Motivos:  04) POR OPOSICION BASADA EN:- <a href="/distintivo/a-00647493/oepm/a-00647493" title="Detalle de la marca A-00647493">A-00647493</a>6ORIGEN en relación con las clases solicitadas: 37

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 21/12/2018 Tomo: 1 Anuncio:4779852 

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