Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 07 de noviembre del 2025 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo Organic Ritual.
Expediente: M-4331245
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 8835596
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4331245
Fecha de resolución: 31/10/2025
Irregularidades: La lista de productos y servicios contiene productos y/o servicios clasificados incorrectamente (art . 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su Reglamento). En concreto:Cl ase 25:- "ropa de hogar de fibras naturales" pertenece a la clase 24.- "accesorios textiles como pañuelos, bufandas y gorros" es impreciso. Puede quedar definido como "pañuelos (ropa); bufanda s; gorros".Clase 30:- "mezclas de plantas secas para infusión" es impreciso. Puede eliminarl o del listado, o alternativamente puede indicar servicios comprendidos en la clasificación de Niza q ue tengan una relación directa con los indicados (no se aceptarán servicios o productos que no guard en relación).Clase 35:- "Servicios de venta al por menor en comercios físicos y a través de redes globales de información (Internet) de productos ecológicos y sostenibles; productos naturales; cosmética natural; artículos de perfumería; productos de aromaterapia; materias primas vegetales; e mulsiones naturales; flores de Bach; tinturas madre; plantas naturales secas; cacao y productos deri vados; infusiones; ropa ecológica; prendas de vestir de algodón orgánico; artículos de decoración; p roductos artesanales de cerámica, madera, vidrio o textiles; venta de libros; venta de mezcla de esp ecias; venta de suplementos nutricionales y aceites esenciales" es impreciso. Por un lado debe separ ar los productos a vender con comas, en lugar de puntos y comas, y por otro lado debe ajustar los pr oductos a la clasificación de Niza.Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente res pecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Puede consultar la herrami enta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/in icio.actionPor cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamente. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por d esistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa.Se recuerda que como contestación a este suspenso de forma solo se podrá modificar subsana ndo los defectos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, según establece el artículo 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas