Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 24 de febrero del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo ORDEN ZEN.
Expediente: M-4348505
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 9034025
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4348505
Fecha de resolución: 17/02/2026
Irregularidades: La lista de productos y servicios contiene productos y/o servicios incorrectamente definidos y/o cla sificados (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su Reglamento). En c oncreto:Clase 21:-"organizadores de cocina" es impreciso, debe revisar los productos y/o servi cios indicados de manera que se ajusten a la Clasificación Internacional de Niza y a la Clasificació n Armonizada. - "bandejas giratorias" debe quedar definido como "Bandejas giratorias [utensilios d e mesa]"- "cestas de despensa" puede quedar definido como "cestas de despensa de uso doméstico"- "contenedores para frigorífico" puede quedar definido como "contenedores para frigorífico de uso do méstico"- "organizadores de armarios y estantes" puede quedar definido como "Organizadores de arma rios [partes de muebles]" que pertenece a la clase 20.Clase 35:- "Servicios de venta al por me nor y al por mayor a través de redes informáticas" es impreciso, debe concretar qué productos se som eten a dicha venta.- "servicios de comercio electrónico" puede quedar definido como "Suministro de información y asesoramiento en materia de comercio electrónico"- "servicios de gestión de tiendas online" puede quedar definido como "Preparación de transacciones comerciales para terceros, a travé s de tiendas en línea"Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Si no se subsanase n en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los pro ductos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Puede consultar la herramienta CLINMAR pa ra elaborar su lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.action Por cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se rea lizan electrónicamente. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la sol icitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa.Se re cuerda que como contestación a este suspenso de forma solo se podrá modificar subsanando los defecto s señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, según establece el artículo 9. 2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas