Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 27 de junio del 2025 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo Óptica Soho Málaga, bajo la titularidad de DESOHOVISION SL.
Expediente: N-0484237
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Identificado de publicación: 8630857
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0484237
Fecha de resolución: 20/06/2025
Irregularidades: La lista de productos y servicios contiene productos y/o servicios definidos y clasificados incorrec tamente (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su Reglamento). En con creto:-"Líquidos de mantenimiento" debe quedar definido como "Soluciones para lentes de contacto " y pertenece a la clase 05. -"Camisetas con logo y eslogan" puede quedar definido como "Camiset as" y pertenece a la clase 25. -"Plaquetas y tornillos":"Plaquetas" debe quedar definido com o "Plaquetas para gafas" en la clase 09."Tornillos" es impreciso. Puede quedar definido como "To rnillos metálicos" en la clase 06 o como "Tornillos no metálicos" en la clase 20.-"Graduación vi sual; Toma de tensión ocular" pueden quedar definidos como "Servicios ópticos, en concreto, examen d e la vista y toma de tensión ocular" y pertenece a la clase 44. Apórtese un nuevo listado consig nándolos correctamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento). Puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https: //consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionPor cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 eu ros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamente. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hub iese abonado la totalidad de la tasa.Se recuerda que como contestación a este suspenso de form a solo se podrá modificar subsanando los defectos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o divi dir la solicitud, según establece el artículo 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001 , de 7 de diciembre, de Marcas