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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 13 de febrero del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo OPOMARKET.


Solicitud de marca suspendida

OPOMARKET

Expediente:  M-4345895

Tipo Modalidad:  Marca

Identificado de publicación:  9009819

Modalidad del signo distintivo:  M

Número de solicitud:  4345895

Fecha de resolución:  06/02/2026

Irregularidades:  La lista de productos y servicios adolece de falta de claridad y precisión (art. 12.3 de la Ley 17/2 001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3.3 de su Reglamento). En concreto:"Plataforma web y apl icación móvil que facilita la compraventa de material de estudio, libros, apuntes, tests y recursos educativos entre opositores" es impreciso, por lo que deberá especificar la naturaleza de los produc tos que desea solicitar. Toda venta debe quedar definida como "Venta al por mayor y/o al por menor , por redes informáticas mundiales y aplicaciones móviles de" nombrando todos los productos de maner a específica y siempre ajustándose a la clasificación. Clase 35."servicios de marketplace para t erceros" es impreciso, por lo que puede quedar definido como "Suministro de espacios de venta en lín ea para vendedores y compradores de productos y servicios" clase 35."difusión de recursos para o positores" es impreciso, por lo que puede quedar definido como "Formación a través de radiodifusión" clase 41.Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Si no se subsanasen en plazo l os defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o s ervicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Puede consultar la herramienta CLINMAR para elabora r su lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionPor cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan el ectrónicamente. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud r especto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa.SE RECUERDA Q UE COMO CONTESTACIÓN A ESTE SUSPENSO DE FORMA SOLO SE PODRÁ MODIFICAR SUBSANANDO LOS DEFECTOS SEÑALA DOS EN EL SUSPENSO, RETIRAR, LIMITAR, O DIVIDIR LA SOLICITUD, SEGÚN ESTABLECE EL ARTÍCULO 9.2 DEL RE GLAMENTO PARA LA EJECUCIÓN DE LA LEY 17/2001, DE 7 DE DICIEMBRE, DE MARCAS

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 13/02/2026 Tomo: 1 Anuncio:9009819 

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