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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 13 de marzo del 2026 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo ONEBLADE YO NO ME CORTO.


Suspenso de fondo de marca

ONEBLADE YO NO ME CORTO

Expediente:  M-4321508

Tipo Marca:  Denominativa

Tipo Modalidad:  Marca

Motivos:  DEFECTOS O MOTIVOS 01) La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del art. 5.1.b) de la Ley de Marcas (Ley17/2001, de 7 de diciembre). Este artículo establece que no podrán registrarse como marca los signos que carezcan de carácter distintivo.En concreto, el signo solicitado carece de carácter distintivo toda vez que la combinación de vocablos solicitada "ONEBLADE YO NO ME CORTO", cuya traducción del inglés es "Un filo yo no me corto", consiste en una frase eslogan que carece de capacidad intrínseca para individualizar en el mercado productos o servicios e identificarlos con un determinado origen empresarial, no siendo susceptible de ser percibida por el público como una marca sino como un mensaje publicitario, sin ningún otro elemento, denominativo o gráfico que le dote de suficiente fuerza caracterizadora para dotarle de distintividad. 02) Asimismo, la marca solicitada se halla incursa en la prohibición del artículo 5.1.c) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). Este artículo establece que no podrán registrarse como marca los signos descriptivos, es decir, aquellos que se compongan exclusivamente de signos o indicaciones que puedan servir en el comercio para designar la especie, la calidad, la cantidad, el destino, el valor, la procedencia geográfica o la época de obtención del producto o de la prestación del servicio u otras características de los productos o servicios.En concreto, el signo solicitado está compuesto exclusivamente de signos o indicaciones descriptivas de la naturaleza y otras características de los propios productos para los que se solicita el presente signo, sin contener ningún otro elemento gráfico o denominativo con la suficiente entidad para eliminar el carácter descriptivo del mismo.Puede contestar a este acuerdo de suspenso de fondo, subsanando los posibles defectos o alegando lo que considere adecuado

Identificado de publicación:  9078460

Modalidad del signo distintivo:  M

Número de solicitud:  4321508

Fecha de resolución:  06/03/2026

Clases:  08

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 13/03/2026 Tomo: 1 Anuncio:9078460 

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