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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 12 de marzo del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo OLIOLI.


Solicitud de marca suspendida

OLIOLI

Expediente:  M-4353591

Tipo Modalidad:  Marca

Identificado de publicación:  9076736

Modalidad del signo distintivo:  M

Número de solicitud:  4353591

Fecha de resolución:  05/03/2026

Irregularidades:  La lista de productos y servicios adolece de falta de claridad y precisión, y contiene productos y s ervicios incorrectamente definidos y clasificados (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, d e Marcas y art.3.3 de su Reglamento). En concreto: - "CURSOS PARA ALUMNOS" es impreciso. Puede q uedar definido como "Cursos de formación para alumnos". - "CLASES DE AYUDA PARA LOS DEBERES EN C ASA" es impreciso. Puede quedar definido como "Servicios educativos en forma de clases personalizada s".- "FACILITACIÓN DE INFORMACIÓN RELACIONADA CON EL ESPARCIMIENTO EN LÍNEA DESDE UNA BASE DE DA TOS INFORMÁTICA EN INTERNET" es impreciso. Debe quedar definido como "Facilitación de información so bre entretenimiento a través de redes informáticas". - "FACILITACIÓN DE INFORMACIÓN RELACIONADA CON PROGRAMAS DE RADIO Y TELEVISIÓN ACCESIBLE A TRAVÉS DE REDES INFORMÁTICAS Y DE COMUNICACIÓN" pert enece a la clase 38 como "Facilitación de información relacionada con las telecomunicaciones". - "SERVICIOS DE INSTRUCCIÓN, ASESORAMIENTO Y FORMACIÓN EN MATERIA DE EJERCICIOS" debe quedar definido como "Servicios de instrucción, asesoramiento y formación en materia de ejercicios físicos". Ap órtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos seña lados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectad os (art. 9.6 del Reglamento).Puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de pr oductos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionPor cada nueva clase resul tante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamente. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la/s cla se/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa.Se recuerda que como contestaci ón a este suspenso de forma solo se podrá modificar subsanando los defectos señalados en el suspenso , retirar, limitar, o dividir la solicitud, según establece el artículo 9.2 del Reglamento para la e jecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 12/03/2026 Tomo: 1 Anuncio:9076736 

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