Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 14 de junio del 2024 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo OLEUM ELIXIR, bajo la titularidad de OLEUM ELIXIR SL.
Expediente: N-0459927
Tipo Marca: Denominativa
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Titular: OLEUM ELIXIR SL
Identificado de publicación: 7971985
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0459927
Fecha de resolución: 07/06/2024
Clases: 29
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) El nombre comercial solicitado se halla incurso, para todas las clases, en la prohibición del art. 5.1.b) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). De laaplicación conjunta de ambos artículos se deriva que no podrán registrarse como nombre comercial los signos que carezcan de carácter distintivo.En concreto, el signo solicitado carece de carácter distintivo, ya que está formado por una leyenda que la generalidad del público no identificará como signo ya que "OLEUM ELIXIR" para los productos solicitados no permiten identificar un concreto origenempresarial. 02) El nombre comercial solicitado se halla incurso en la prohibición del art. 5.1.c) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). De la aplicación conjunta de ambos artículos se deriva que no podrán registrarse como nombre comercial los signos descriptivos, es decir, aquellos que se compongan exclusivamente de signos o indicaciones que puedan servir en el comercio para designar la especie, la calidad, la cantidad, el destino, el valor, la procedencia geográfica o la época de obtención del producto o de la prestación del servicio u otras características de los productos o servicios a los que se refieran las actividades solicitadas.En concreto, el signo solicitado está compuesto exclusivamente de términos que hacen referencia genérica a la naturaleza de los productos para los que se solicita el presente signo