Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 06 de abril del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo OKRE CONCEPT, bajo la titularidad de OKRE CONCEPT SL.
Expediente: M-4358396
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 9128432
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4358396
Fecha de resolución: 26/03/2026
Irregularidades: La lista de productos y servicios adolece de falta de claridad y precisión (art. 12.3 de la Ley 17/2 001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3.3 de su Reglamento). En concreto: -" Servicios de venta al por mayor, al por menor en comercios y a través de redes mundiales de informática de productos co sméticos, cremas cosméticas, aceites para uso cosmético, productos cosméticos para el cuidado de la piel, geles corporales y faciales (cosméticos), geles para uso cosmético, jabones cosméticos, locion es cosméticas para el cuidado de la piel, mascarillas cosméticas, preparaciones cosméticas faciales, preparaciones cosméticas para el baño y la ducha, jabones, productos de perfumería, aceites esencia les para el cuidado de la piel, lociones capilares, dentífricos, medicamentos para uso médico, produ ctos farmacéuticos, fármacos y medicinas homeopáticas, productos higiénicos y sanitarios para uso mé dico, alimentos y sustancias dietéticas, complementos nutricionales, dietéticos, vitamínicos y miner ales para seres humanos, desinfectantes, aparatos e instrumental para uso médico, aparatos de masaje , prendas de vestir y calzado" es impreciso. Hay mezcla de varias clases, por ello, ajustarse a las clasificaciones.Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Si no se subsanasen en p lazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Puede consultar la herramienta CLINMAR para ela borar su lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionPor cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan el ectrónicamente. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud r especto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa.Se recuerda q ue como contestación a este suspenso de forma solo se podrá modificar subsanando los defectos señala dos en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, según establece el artículo 9.2 del Re glamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas