Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 27 de junio del 2025 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo Ojo de Tigre, bajo la titularidad de INTERNIC SPAIN SL.
Expediente: N-0484856
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Identificado de publicación: 8630977
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0484856
Fecha de resolución: 20/06/2025
Irregularidades: La lista de productos y servicios contiene productos y/o servicios incorrectamente definidos (art. 1 2.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su Reglamento). En concreto: NO P ONER EL NOMBRE DE LA MARCA DETRÁS DE CADA PRODUCTO Y ADEMAS: -"Collares Ojo de Tigre", debe defi nirse: COLLARES [ARTICULOS DE JOYERIA] - "Piedras en bruto Ojo de Tigre" debe definirse: PIEDRAS PRECIOSAS EN BRUTO -"Piedras pulidas Ojo de Tigre", impreciso, en esta clase se puede definir: PIEDRAS PRECIOSAS SEMIELABORADASSE RECUERDA QUE COMO CONTESTACIÓN A ESTE SUSPENSO DE FORMA SOLO SE PODRÁ MODIFICAR SUBSANANDO LOS DEFECTOS SEÑALADOS EN EL SUSPENSO, RETIRAR, LIMITAR, O DIVIDIR LA SOLICITUD, SEGÚN ESTABLECE EL ARTÍCULO 9.2 DEL REGLAMENTO PARA LA EJECUCIÓN DE LA LEY 17/2001, DE 7 DE DICIEMBRE, DE MARCAS Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento). Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Para encontrar los términos aceptados, puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios: https://consultas 2.oepm.es/clinmar/inicio.action