Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 01 de marzo del 2017 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo OH!LIBRO, bajo la titularidad de PLANETA FABRIK VENTURES SL.
Expediente: M-3630223
Tipo Marca: Mixta
Tipo Modalidad: Marca
Titular: LYRALIA TRADE SL
Identificado de publicación: 3645163
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 3630223
Fecha de resolución: 23/02/2017
Clases: 35, 41
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS
Motivos: 01) Art. 12.3 de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) y Art. 3. 2 y 3 de su Reglamento(Real Decreto 687/2002, de 12 de julio). Los productos/servicios están definidos y clasificados incorrectamente. En concreto, en la clase 35: "SUMINISTRO DE INFORMACION SOBRE LIBROS A CLIENTES" debe solicitarse en la clase 41, por otro lado: "ACCESO A UNA BASE DE DATOS INTERACTIVA PARA LA VENTA, RECOMENDACIÓN Y PROMOCIÓN DE LIBROS EN LINEA O A TRAVÉS DE PEDIDOS POR CORREO" debe solicitarse en la clase 38; por último: "PRESTACIÓN DE SERVICIOS AL CLIENTE PERSONALIZADOS Y A MEDIDA RELACIONADOS CONLA COMPRA DE LIBROS" es impreciso, debe ajustarse a las posiciones concretas de la Clasificación Internacional de Niza. En cuanto a la clase 41, "ACCESO A BASES DE DATOS DE BUSQUEDA EN LINEA DE LIBROS, AUDIOLIBROS Y CD-ROM" debe solicitarse en la clase 38. Debe aportarse, por tanto, nueva lista deproductos/servicios (en formulario oficial) definiéndolos y clasificándolos correctamente. Deberá abonar la cantidad de ......euros por la/s ........ nueva/s clase/s resultantes (art. 12.2 de la Leyen relación con tarifa primera 1.1). Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud en lo referente a los productos/servicios afectados (art 9.2 del Reglamento). Si no se subsanase en plazo la falta de pago de la tasa de solicitud o el pago incompleto de lamisma, se tendrá por desistida la solicitud con respecto de la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la tasa de solicitud o se hubiese abonado parcialmente. A falta de indicación del solicitante se considerarán pagadas las clases incluidas en primer lugar en la solicitud (art. 9.4 del Reglamento)