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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 23 de mayo del 2022 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo OBYSCAN, bajo la titularidad de OBRAS Y SERVICIOS CANARIOS SL.


Suspenso de fondo de marca

OBYSCAN

Expediente:  N-0433209

Tipo Marca:  Denominativa

Tipo Modalidad:  Nombre Comercial

Titular:  OBRAS Y SERVICIOS CANARIOS SL

Identificado de publicación:  6811934

Modalidad del signo distintivo:  N

Número de solicitud:  0433209

Fecha de resolución:  13/05/2022

Clases:  37

Motivos:  DEFECTOS O MOTIVOS

Motivos:  01) Arts. 12.3 y 87.3 de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) y art. 3.2 de su Reglamento de Ejecución (Real Decreto 687/2002, de 12 de julio). Las actividades no están correctamente definidas. En concreto:.-"CONSTRUCCIONES DE TODA CLASE, ASI COMO SU REPARACION, CONSERVACION Y REFORMAS" es impreciso , podrá eliminarlo o concretar sin ampliar a que servicios se refiere..-"INFORMACIONES EN MATERIA DE REPARACIONES Y CONSTRUCCIONES" es impreciso , podrá eliminarlo o concretar sin ampliar a que servicios se refiere..-"ASI COMO ASFALTADOS DE CALLES, CAMINOS, CARRETERAS Y DEMOLICIONES (DERRIBOS) DE EDIFICIOS" es impreciso deberá separar por (;) los dos servicios que indica, podrá quedar como "ASFALTADOS DE CALLES, CAMINOS, CARRETERAS ; DEMOLICIONES (DERRIBOS) DE EDIFICIOS"Debe presentar, por tanto, un nuevo listado completo de las actividades solicitadas describiéndolas correctamente siguiendo la Clasificación Internacional. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud en lo referente a las actividades afectadas (art9.2 y 9.6 del Reglamento).Puede consultar nuestra herramienta de clasificación CLINMAR accediendo a nuestra página web: http://tramites2.oepm.es/clinmar/inicio.action

Motivos:  02) Arts. 12.3 y 87.3 de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) y art. 3.2 y 3.6 de su Reglamento de Ejecución (Real Decreto 687/2002, de 12 de julio). Las actividades están definidas y clasificadas incorrectamente. En concreto:.-"SERVICIOS DE REALIZACION DE SONDEOS Y PERFORACIONES DE POZOS" pertenece a la clase 42 , podrá redactarlo como "Prospección de pozos de sondeo".-"SERVICIOS DE EBANISTERIA" pertenece a la clase 40 podrá redactarlo como "Trabajos de ebanistería"Debe presentar, por tanto, un nuevo listado completo de actividades definiéndolas y clasificándolas correctamente de conformidad con la Clasificación Internacional. Deberá abonar la cantidad correspondiente por cada nueva clase resultante (art. 12.2 de la Ley en relación con tarifa primera 1.1: tasa ME17 si tanto el trámite como el pago se realizan electrónicamente y tasa MT17 en caso contrario). Sino se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud en lo referente a las actividades afectadas (art. 9.2 y 9.6 del Reglamento). Si no se subsanase en plazo la faltade pago de la tasa de solicitud o el pago incompleto de la misma, se tendrá por desistida la solicitud con respecto de la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la tasa de solicitud o se hubiese abonado parcialmente. A falta de indicación del solicitante se considerarán pagadas las clases incluidas en primer lugar en la solicitud (art. 9.4 del Reglamento).Puede consultar nuestra herramienta de clasificación CLINMAR accediendo a nuestra página web: http://tramites2.oepm.es/clinmar/inicio.action

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 23/05/2022 Tomo: 1 Anuncio:6811934 

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