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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 12 de septiembre del 2025 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo NUTRISHAKER TUS BATIDOS MAS BESTIAS, bajo la titularidad de NUTRISHAKER SL.


Solicitud de marca suspendida

NUTRISHAKER TUS BATIDOS MAS BESTIAS

Expediente:  N-0487121

Tipo Modalidad:  Nombre Comercial

Identificado de publicación:  8734891

Modalidad del signo distintivo:  N

Número de solicitud:  0487121

Fecha de resolución:  05/09/2025

Irregularidades:  Debe aportar el poder acreditativo de la representación con la que actúa. En caso de no subsanar est e defecto, continuará la tramitación eliminándose la representación y continuando el procedimiento c on el solicitante. La lista de productos y servicios contiene productos y/o servicios definidos y/o clasificados incorrectamente (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su Reglamento). En concreto:- "Máquinas,máquinas herramientas y herramientas mecánicas" debe quedar definido como "máquinas herramientas y herramientas mecánicas" ya que "máquinas" es imprecis o.- "MAQUINAS DE BATIDOS AUTOMATICOS; EXPENDEDORAS DE SUPLEMENTACION DE FORMA INTERACTIVA" puede quedar definido como "máquinas expendedoras automáticas de batidos".Si no se subsanasen en plaz o los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/ o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Apórtese un nuevo listado consignándolos correct amente. Para encontrar los términos aceptados, puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionPor cada nue va clase resultante deberá abonar la tasa ME17. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se ten drá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totali dad de la tasa.Se recuerda que como contestación a este suspenso de forma solo se podrá modifica r subsanando los defectos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, según establece el artículo 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 12/09/2025 Tomo: 1 Anuncio:8734891 

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